Salud
El derecho a la salud es uno de los derechos humanos fundamentales. En Argentina está garantizado por la Constitución Nacional y por un sistema legal compuesto por distintas leyes, decretos y resoluciones que procuran garantizar el pleno goce del derecho a la salud para todxs lxs habitantes del país sin discriminación social, económica, cultural o geográfica. El objetivo fundamental es “proveer el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, tendientes a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud”.
En este marco, el Estado nacional define políticas públicas que son desarrolladas y aplicadas por el Ministerio de Salud de la Nación y el Consejo Federal de Salud, órgano encargado de diseñar y aplicar estas políticas en todas las provincias.
El sistema de salud argentino se caracteriza por disponer la cobertura universal, por la cual cualquier persona que resida o transite el suelo nacional tiene derecho a recibir asistencia gratuita en los efectores que el sistema público posee en todo el país.
Sin embargo, la organización del sistema tiene su complejidad, de la que resulta una atención diferenciada para distintos sectores sociales. El sistema está compuesto por tres subsistemas: público, seguridad social y privado. A su vez, la descentralización del sistema de salud implicó que la responsabilidad por la atención sanitaria recae en las provincias. De esta manera, el país cuenta con veinticuatro ministerios de salud provinciales, y el mismo número de obras sociales provinciales. Además, en algunas provincias (como la Provincia de Buenos Aires) el proceso de descentralización llegó a transferir los servicios de salud a los municipios, que cuentan con distintas capacidades de financiamiento. A esto se agregan más de 300 fondos de seguridad social nacional, PAMI y diversas empresas privadas dedicadas al negocio de la medicina prepaga.
La complejidad del sistema y especialmente las importantes disparidades en la existencia y en la calidad de la oferta de servicios de salud en el país tienen como resultado desigualdades sociales y regionales enormes.
Por encima de la responsabilidad del Estado sobre la salud de la población en general, existen reclamos específicos, ligados a enfermedades o condiciones que afectan a sectores de la población. Frente a estas situaciones, los grupos de afectados (o familiares y personas allegadas de los afectados) demandan leyes que garanticen y regulen la obligatoriedad para el Estado de atender en igualdad de condiciones a la población portadora del problema específico. La igualdad en el acceso implica en estos casos atender precisamente a la especificidad de la problemática. Entran en esta situación, entre otras, la legislación orientada a la protección de personas con discapacidades, para la atención de la enfermedad celíaca (26.588/2009), la ley de salud mental (26.657/2010), la ley de fertilización asistida (26.862/2013).